Dispositiva
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Ejecución No 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, a tenor de lo dispuesto en el artículo 511 del Código Orgánico Procesal Penal, revoca el beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, decretado en fecha 03 de agosto de 2.006, en favor de las ciudadanas YUGLEDYS COROMOTO SÁNCHEZ, MINERVA CAROLINA PEÑA GUILLEN y VANESA KARINA PEÑA GUILLEN, supra identificadas, por cuanto las mismas incumplieron de manera reiterada e injustificada con las obligaciones impuestas. Como consecuencia de ello, se emite Orden de Aprehensión en contra de las ciudadanas YUGLEDYS COROMOTO SÁNCHEZ, MINERVA CAROLINA PEÑA GUILLEN y VANESA KARINA PEÑA GUILLEN, a los fines de que una vez capturadas sean puestas a la disposición del tribunal dentro del lapso legal correspondiente y se materi.....