´DISPOSITIVO
Por las consideraciones precedentemente expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La HOMOLOGACIÓN del acuerdo conciliatorio logrado entre las partes intervinientes en el presente juicio, con el carácter de autoridad de cosa juzgada, siendo la cantidad a pagar: OCHO MIL DÓLARES AMERICANOS (USD $ 8.000,00), como moneda de pago, cuyo monto será pagado en dos (2) cuotas como se indica en el texto de esta sentencia, en los días y en el lugar acordado. Esta cantidad de divisas representa el equivalente en moneda nacional al día de la publicación de esta sentencia, con la tasa oficial del Banco Central de Venezuela (Bs. 58,54), el monto de: CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS VEINTE BOLIVARES (Bs. 468.320,00), cumpliendo de esta manera con el artículo 130 de la Ley Orgánic.....