TRIBUNAL DE CONTROL N° 07 ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD que le confiere la Ley: 1°) Califica como flagrante la aprehensión del ciudadano JESUS MANUEL VARGAS, por la presunta comisión de los delitos de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, AMENAZA AGRAVADA, Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 40 y 41 de Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 15 numerales 2 y 3 ejusdem y articulo 277 del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana CARMEN ALICIA VILLASMIL y el ORDEN PUBLICO; por cumplirse los requisitos establecidos en el artículo 93 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a un Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. 2.) En relación al procedimiento a seguir en la presente causa, por cuanto además de los delitos de de ACOSO U HOSTIGAMIENTO y AMENAZA AGRAVADA pr.....