Por las consideraciones expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar la Inhibición planteada por la Dra. María Carolina Sánchez Quintero, en su condición de Jueza del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en fecha 15 de febrero de 2016, en el juicio que por Cobro de Conceptos Laborales, sigue el ciudadano Carlos Alberto Avendaño Colmenares, contra la Alcaldía del Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida, representada judicialmente por el profesional del derecho Freddy Alberto Mora Bastidas.
SEGUNDO: Por cuanto en la Coordinación del Trabajo del Estado Bolivariano de Mérida -Sede Mérida- existen adicionalmente al Tribunal presidido por la juzgadora inhibida,.....