Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, conforme a derecho, declara
PRIMERO: INADMISIBLE la Reforma de la demanda por DIVORCIO e INDEMINIZACIÓN DE DAÑO MORAL, intentada por la ciudadana FLORESMILA GONZALEZ RINCÓN, asistida por la abogada CARMEN ALICIA SANPAYO DE GIL, plenamente identificadas en autos, en contra del ciudadano PEDRO MANUEL HERREÑO RODRÍGUEZ, plenamente identificado en auto.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.