EL TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAREL DIVORCIO de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente, y en consecuencia, se declara disuelta la unión conyugal existente entre los ciudadanos: ENDER JOEL VERGARA PERNIA y MARIA CELINA ARRIA RAMOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro. V-13.804.771 y V-10.712.526, respectivamente, domiciliados el primero en La Urbanización la Mata, Nº 180 de la ciudad de Mérida, estado Mérida y la segunda en Santa Juana, A2 Nº15 de la ciudad de Mérida Estado Bolivariano de Mérida, y civilmente hábiles, según se evidencia en la copia certificada del Acta de Matrimonio Nº 11, correspondiente al año 2010, del Libro de Registro Civil de Matrimonios, y exped.....