Por los procedimientos ya expuestos, este tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con el artículo 561 literal "d" de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del adolescente en concordancia con el artículo 318 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal a favor de titular de la cédula de identidad No. 17.196.912, hijo de Ana Lucia Vergara Vergara yMauro Santiago Santiago domiciliado en Pueblo Llano Sector El arbolito tlf 04167734832 Mérida, cuyo inicio de la investigación es por la presunta comisión por los delitos de lesiones intencionales levísimas y ocultamiento de arma blanca tipificados en los artículos 277, 417 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana YuleinY Pineda Gonzalez. Las partes quedaron notificadas en el audiencia. Notifíquese a la víctima en la presente causa. Regístrese, certifíquese Diarícese y cúmplase.
JUEZA DE CONTROL No. 01.....