En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO intentada por los ciudadanos ROSA ALBA CUEVAS DE VILLARREAL y PANTALEÓN VILLARREAL UZCATEGUI, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, Licenciados en Educación, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.100.808 y V-9.011.219, respectivamente, siendo su último domicilio conyugal en el Arenal, Vía La Joya, Calle Principal, diagonal con el Colegio de Franciscanos, casa N° 0-5, Jurisdicción de la Parroquia Arias, Municipio Libertador del Estado Mérida y civilmente hábiles, debidamente asistidos por el Abogado CARLOS ALBERTO BARTA, titular de la cédula de identidad N° V-4.486.713, inscrito en el inpreabogado bajo el número 72.266, jurídicamen.....