Homologo el Convenimiento suscrito por ante el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Miranda del Estado Mérida, por los Ciudadanos JEAN CARLOS RIVERA RIVERA Y YELITZA BRICEÑO RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-18.618.587 y V-16.738.787, domiciliados el primero en el sector chijos II, casa s/n, y la segundo en el sector chijos los ranchos, teléfono Nº 0426-7721841, de esta población de Timotes Municipio Miranda del Estado Mérida y civilmente hábiles, quienes conciliaron en reglamentar la FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN Y BONOS a favor de su hijo (Identidad omitida de conformidad con el Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de diez (10) años de edad