Se dicta sentencia definitiva en la presente causa en los términos siguientes: PRIMERO: Se declara LA NULIDAD de todo lo actuado en el presente procedimiento, seguido ante el Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, por abogado JESÚS RAMÓN JAIMES BECERRA, por rectificación de acta de matrimonio y acta de defunción, desde el auto de admisión de la demanda dictada el 4 de marzo de 2006, incluida la sentencia apelada, proferida por dicho Tribunal en fecha 11 de junio de 2011. SEGUNDO: En virtud del pronunciamiento anterior, se decreta LA REPOSICIÓN de la causa al estado de que se dicte nuevamente el auto de admisión, a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 769 y 770 del Código de Procedimiento Civil, como se indicó en la parte motiva de esta sentencia. TERCERO: Dada la índole del presente fallo, no se hace especial pronunciamiento so.....