Por lo antes expuesto este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en esta ciudad de Tovar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la rectificación de la partida de nacimiento de la ciudadana: MAGALLY DEL CARMEN RODRIGUEZ GUILLEN, inserta por ante la Prefectura Civil del Municipio Sucre del Estado Mérida y se establece que los nombres y apellidos completos de los padres de la ya mencionada, son: PEDRO RAMON RODRIGUEZ RODRIGUEZ y MARY JOSEFINA GUILLEN de RODRIGUEZ y no como aparecen en la partida de nacimiento. Queda así rectificada.