Por consecuencia, tomando en consideración lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: Primero:Habida cuenta de ello, al concatenar tales circunstancias con los supuestos del artículo 458 del Código Penal, se concluye que en el caso de marras se configura el tipo penal precalificado por la Fiscalía del Ministerio Público, específicamente el tipo penal de Robo Agravado, previsto en el artículo 458 del Código Penal y sancionado en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en perjuicio del ciudadano Alfredo Enrique Zambrano Quintana, razón por la cual, se comparte la precalificación jurídica. Segundo:Por consecuencia, habiéndose precisado que las circunstancias de aprehensión encuadran en u.....