"...este Juzgado de los municipios Rangel y Cardenal Quintero de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1.133, 1.159 y 1.160 del Código Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda intentada por la ciudadana Nancy Josefina Nava, asistida por la abogada en ejercicio Rebeca Marina Suescun Saavedra, a través del cual incoó demanda contra la ciudadana Narvis Coromoto Rangel Dávila, por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO POR VENCIMIENTO DE PRÓRROGA LEGAL; por estar discurriendo la prórroga legal. Así se decide..."