-IV-
DISPOSITIVO
En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin Lugar la Inhibición planteada por la profesional del derecho María Carolina Sánchez Quintero en su condición de Jueza del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en fecha 16 de abril de 2015, en la solicitud de Consignación de "parte de la multa" impuesta por la Inspectoría del Trabajo, identificada con el alfa numérico LP21-S-2015-000013, al Conjunto Residencial El Rodeo.
SEGUNDO: Se orden la remisión inmediata del expediente al Tribunal de origen, en virtud que el artículo 45 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece que contra dicha decisión no se .....