PRIMERO: Se declara INADMISIBLE el recurso de apelación formulado en fecha 05 de octubre de 2016, por la ciudadana NAIRALY YARID COGOLLO VERA, asistida por el abogado OSCAR FRANCISCO GUERRERO MORALES, actuando en su carácter de parte demandada, contra la providencia dictada en fecha 30 de septiembre de 2016, proferida por el TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, en el juicio de DESALOJO contenido en el expediente signado con el Nº 0389-2016 de su nomenclatura.
SEGUNDO: En virtud de la declaratoria de inadmisibilidad del recurso de apelación, SE REVOCA el auto de fecha 30 de enero de 2017, mediante el cual el Tribunal a quo oyó en un solo efecto la apelación propuesta.
TERCERO: Por la índole del fallo, no se hace especial pronunciamiento sobre las costas del recurso.