PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de reconocimiento de contenido y firma del testamento otorgado en fecha 3 de agosto de 2017, por el de cujus JOSÉ INOCENTES CARRERO CORTI, formulada en fecha 10 de octubre de 2017, por las ciudadanas GLADYS JOSEFINA CARRERO DE POSADAS Y MARÍA MARISCOTTI CARRERO DE CONTRERAS, asistidas por el abogado ABDÓN SÁNCHEZ.
SEGUNDO: Como consecuencia del anterior pronunciamiento, conforme el artículo 920 del Código de Procedimiento Civil, se ordena el registro en la respectiva oficina de Registro, y que se agreguen a los comprobantes el original y las actuaciones practicadas, copia certificada de las disposiciones testamentarias.