Así las cosas, tomando en consideración lo señalado por el Defensor Público Especializado en su escrito, el ejercicio progresivo de los derechos y garantías del adolescente, consagrados en la Convención sobre lo Derechos del Niño, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, así como, el interés superior del adolescente, teniendo en cuenta que el imputado ahora se halla en la Unidad de Protección Integral Refugios Panas, ubicado en la avenida Soublette, entre la avenida Rondón y Vargas, cerca de la Iglesia La Pastora, Valencia, Estado Carabobo, bajo una medida de colocación, resultando imposible que la medida impuesta pueda seguir siendo cumplida por ante este Circuito Judicial Penal, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la R.....