Se DECLARA SIN LUGAR LA DEMANDA, interpuesta por la parte actora ciudadano LUIS RAMON CABALLERO FONSECA, por DESALOJO DE INMUEBLE, contra la ciudadana JACKELINE CHACON CONTRERAS. En consecuencia no se ordena el desalojo de la ciudadana JACKELINE CHACON CONTRERAS, ya identificada, del inmueble conformado por un apartamento para habitación familiar, constante de 03 dormitorios, sala, recibo-comedor, baño, cocina y lavadero, con todos sus servicios sanitarios y en perfectas condiciones de habitabilidad, situado en la planta baja del inmueble signado con el No. 3-67, calle 1 de la Urbanización El Paraíso de esta ciudad de El Vigía, del Estado Mérida, cuyo desalojo lo demanda, de conformidad con el artículo 34 literal c) de La Ley de Arrendamientos Inmobiliarios.
De conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte actora por haber resultado totalmente vencida en la presente causa.
Por cuanto la presente sentencia fu.....