Decisión
En consecuencia, el Juzgado segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: Se acuerda la suspensión condiciona del proceso por el lapso de un (1) año, contados partir de la presente fecha, de conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo el acusado cumplir con las siguientes condiciones: 1) .- Se ordena al ciudadano JUAN ANTONIO RIVAS, deberá presentarse ante le delgado de prueba, cada treinta días a partir de del día seis (06) Coordinación Zonal del Estado Mérida, Región andina ubicada en el Edificio Hermes, piso N° 03 a los fines de someterse a la supervisión y vigilancia del delegado de prueba que le designe por el lapso de un (1) año, es decir, a partir de la presente fecha d 2) No acercarse a la víctima. 3) No ingerir Bebidas alcohólicas. 4) No cometer nu.....