Este tribunal de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento civil, le imparte su homologación a la transacción celebrada por las partes actora y demandada, le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se suspende la medida de embargo ejecutivo decretada sobre el vehículo en mención, por acta de fecha 19-06-2014, que riela de los folios 29 al 32 del cuaderno de Mandamiento de Ejecución.