DISPOSITIVA
Con fuerza en las consideraciones precedentemente explanadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO que a la presente fecha esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, se encuentra impedida para resolver el recurso de apelación de autos interpuesto en fecha veintinueve de julio del año dos mil dieciséis (29-07-2016), por los abogados Armando de la Rotta Aguilar y Yulissa Molina Moret, con el carácter de defensores privados del ciudadano Josué David Calderón, en contra de la decisión emitida por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 05 del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, en fecha en fecha veintiséis de julio del año dos mil dieciséis (26-07-2016), mediante la cual revoca la medida cautel.....