PRIMERO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por las abogadas CIOLY JANETTE ZAMBRANO ALVAREZ y NANCY NEREIDA RAMIREZ QUINTO, venezolanas, mayores de edad, domiciliadas en la ciudad de Mérida Estado Bolivariano de Mérida, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. V-23.623 y 244.072 quienes fungían para esos momentos como apoderados judiciales de la ciudadana BETTY MARI OSORIO TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.492.730, en contra de la ciudadana LUZ STELLA RENGIFO ECHEVERRI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 23.055.034, con domicilio en la ciudad de Mérida, Estado Mérida. Así se decide.
SEGUNDO: No se condena en costas a la parte perdidosa, por tratarse el presente juicio de una materia de gran contenido social.
TERCERO: En virtud que la presente sentencia se pronuncia fuera del término de diferimiento motivado al exceso de trabajo de conformidad con el artículo 251 del Código de Pro.....