Este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA INADMISIBLE la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO y RETARDO PERJUDICIAL, incoara el ciudadano JAVIER ANTONIO ALDANA SUA, venezolano, mayor de edad, divorciado, titular de la cédula de identidad No. V-10.897.241, domiciliado en el Municipio Zea del estado Bolivariano de Mérida y hábil, asistido por el abogado LUIS EMIRO ZERPA MOLINA, titular de la cédula de identidad No. V-4.699.980 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 31.965, contra la ciudadana SIRLEY BRIGITTE DURAN DE QUIJADA, venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nos.V-23.493.620, domiciliada en el Municipio Zea del estado Bolivariano de Mérida y hábil.