Resulta evidente que el caso bajo análisis está referido al reconocimiento o solicitud extralitem por Jurisdicción Voluntaria, y no como resultado de un litigio principal o incidencia que pueda producirse en el mismo. En consecuencia, este Tribunal observó que la ciudadana: LILIANA ROSALES QUIÑONEZ plenamente identificada en autos, a quien se le requirió el reconocimiento del instrumento privado, debidamente citada como fue y como consta en la boleta de citación hecha a su nombre, que corre inserta en el expediente al folio doce (12), SE PRESENTÓ personalmente el día primero (01) de Julio de 2019, dentro de las horas establecidas en la tablilla del Tribunal, y a su vez reconoció el CONTENIDO Y COMO SUYA LA CORRESPONDIENTE FIRMA ESTAMPADA AL PIE DEL DOCUMENTO PRIVADO, presentado por la secretaria del Tribunal a los efectos de su reconocimiento, el cual fue suscrito entre las partes en fecha quince (15) de Mayo de 2019, relacionado con un bien inmueble consistente en UN BIEN INMUEBLE UB.....