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DISPOSITIVO.
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO incoado por los ciudadanos Cindy Fabiana Rujano Rondón y Freddy Alexander Dávila Contreras, en contra Entidad de Trabajo Sociedad Mercantil "DISTRIBUIDORA YANLAR C.A." RIF: J-40244617-9, y de forma solidaria a sus accionistas y socios propietarios ciudadanos: Carlos Enrique Lara Vivas, Enyember Emiro Lara Contreras y Carlos Enrique Lara Echavarria, por motivo de Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales (ambas partes identificadas en actas procesales).
SEGUNDO: No se condena en costas por la naturaleza del fallo.
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