En virtud de lo expuesto anteriormente, este Tribunal Segundo en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
PRIMERO: ABSUELVE al acusado NELSON ENRIQUE DURAN, Venezolano, titular de la Cedula de Identidad N° 15.235.144, fecha de nacimiento 03/01/1980, de 42 años de edad, soltero, Natural de Santa Cruz de Mora, Estado Mérida, ocupacion u oficio; Comerciante, hijo de Maria de Los Angeles Duran (v), y de Eulogio Ramirez Rivera (v) residenciado en la Avenida Principal de la Bubuqui III, calle Simón Bolivar, casa N° 1-666, Parroquia Presidente Paez del Municipio Alberto Adriani del estado Merida. Por la Presunta Comision del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 56 de la Ley Organica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia cometido en perjuicio del ciudadano Delys Eurimar Rivas Peña.
SEGUNDO: No se .....