esta Alzada declara CON LUGAR la inhibición y este Tribunal Superior Primero en lo Civil y Mercantil, del Transito y del Trabajo, Menores y Amparo Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, se AVOCA con tal carácter al conocimiento de la causa y de conformidad con lo previsto en los artículos 118 y 517 del Código de Procedimiento Civil, se abre un lapso de cinco (05) días hábiles para que las partes en el juicio hagan uso del derecho para la elección de asociados, haciéndoles saber que si no hicieren uso de tal derecho los informes se efectuaran el VIGESIMO día hábil de Despacho siguiente al de hoy.- Déjese copia certificada de la presente decisión y remítase un ejemplar al Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil de esta Circunscripción Judicial.