declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, conforme lo establece el artículo 185-A del Código Civil, hecha por la ciudadana NILEYDA DEL CARMEN VELAZCO, venezolana, titular de la cédula de identidad Nro.7.784.078, mayor de edad, casada, domiciliada en el Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida y reconocida por el ciudadano JOSÉ GREGORIO FERNÁNDEZ QUINTERO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nro.10.683.935, domiciliado en el Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida.