éste Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara SIN LUGAR la solicitud de la abogada MARISOL MARGARITA MARTÍNEZ, Fiscal Auxiliar adscrita a la Fiscalía Séptima de Proceso del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Extensión El Vigía, en relación a que se expida orden de allanamiento, para practicarse en la siguiente dirección: “Sector Caño Obispo, pasando la población de Guayabones, Camellón de Los Jiménez, frente a la primera hacienda, bajando a mano izquierda, cuarta casa, fachada de bloques de cemento frisados y pintados de color verde, techo de zinc y piso de cemento pulido color gris, Municipio Obispo Ramos de Lora, Estado Mérida”; lugar donde habita o reside como propietaria, inquilina y/o ocupante la ciudadana MARÍA AVELLANEDA, progenitora del ciudadano DIONITH MENDOZA AVE.....