DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el divorcio interpuesto de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil vigente, y consecuencialmente declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos: MICHAEL BRUCKMANN y BELLA LA ROSA DURAN FLOREZ, alemán y Venezolana, en su orden, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. E-84.281.600 y V-12.349.270, respectivamente, domiciliados en la ciudad de Mérida, Mérida Estado Mérida, según matrimonio celebrado el día fecha 25 de febrero de 2.000, cuya acta fue expedida por el Registro Civil de la Parroquia El Sagrario, Municipio Libertador del Estado Mérida, acta Nro. 07, folio 008, 008 al vuelto. Y así se decide.
SEGUNDO: Ofíciese al Registro Civil de la Parroquia El Sagrario, Municipio Libertador del Estado Mérida y al Registro Principal del Estado Mérida, a los fines de que estampen la nota marginal correspondiente a esta decisión, una vez quede firme la presente decisión.
TERCERO: De conformidad con el art.....