DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente hechas este JUZGADO PRIMERO DEPRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, BANCARIO Y MARITIMO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad de la constitución y sus Leyes, declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE POR LA MATERIA, para conocer la acción de Reconocimiento de CESION DE DERECHOS HEREDITARIOS, intentado por la Abogada Sofía Santiago Osorio, inscrita en el Inpreaboagdo bajo el N° 120.357, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana Islandia Sixta Hernández de Medina, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.316.439; y la ciudadana Victoria Ysabel Medina Ferreira, venezolana, titular de la cedula de identidad N° V-19.042.197, debidamente asistida por la Abogada Kenya Daly Valero, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº97.452, de conformidad con los artículos 60 y 895 del Códig.....