DISPOSITIVA.
Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República, por mandato de la Constitución y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, el Divorcio 185-A por ruptura prolongada de la vida en común solicitada por los ciudadanos TERESA OVALLOS DE SUAREZ Y CARLOS ALIRIO SUAREZ, venezolanos mayores de edad, titulares de la cedula de identidad N° V-22.660.676 y N° V-12.780.666, en su respectivo orden, civilmente hábil, domiciliados en la Ciudad de El Vigía Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida.
EN CONSECUENCIA: Se declara disuelto el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos TERESA OVALLOS DE SUAREZ, venezolana, mayor de.....