PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, solicitada por la abogado TAHIS C. BRICEÑO H., en su carácter de co-apoderada judicial de la parte actora, sobre el 50% de los derechos y acciones que posee la ciudadana HAIYIBE LORENA BUSTOS ECHEVERRIA venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.432.085, sobre un inmueble que posee en comunidad concubinaria con el ciudadano CARLOS ALBERTO AVENDAÑO RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.350.382, según consta en Registro Civil de la Parroquia Antonio Spineti Dinni, Municipio Libertador del estado Mérida, Registro de Unión Estable de Hecho Acta N° 72 de fecha 07/DICIEMBRE/2016, sobre un inmueble consistente en un apartamento y el estacionamiento que es parte del edificio denominado Residencias "Doña Chepa", construido sobre un lote de terreno propio ubicado en: Sector de la Otra Banda, prolongación Calle Principal El Campito, Parroquia El Sagrario, M.....