Por las consideraciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y en uso de la facultad que le confiere el artículo 340 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 899 eiusdem; DECLARA LA CORRECCIÓN DEL ESCRITO DE SOLICITUD de RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO, en consecuencia:
PRIMERO: Se ordena a la parte solicitante el ciudadano EDGARDO RODRÍGUEZ RANGEL, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.044.116, domiciliado en la carretera vía Tabay, sector la Ceibita, Residencias La Isla, casa Nº 04, Jurisdicción de la Parroquia Tabay, Municipio Santos Marquina del estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, debidamente asistido por el abogado en ejercicio EDGAR JOSÉ URBINA RONDÓN, v.....