Es por lo que este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDASDE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, considera SUFICIENTES Y BASTANTES las presentes actuaciones para declararlas de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, como TÍTULO ASEGURATIVO del derecho que les asiste a la ciudadana MARIBEL DURÁN RIVAS, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.031.785, domiciliada en la ciudad de Mérida estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, en su condición de progenitora (Madre), y al ciudadano GILBERT JOSÉ NAVA SALAZAR, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad N° V-13.803.897, respectivamente, domiciliado en la ciudad de Mérida estado Bolivariano de Mérida y.....