este Tribunal acuerda y así decreta la HOMOLOGACION DEL DESISTIMIENTO suscrito, de conformidad a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, se da por terminado el juicio y se ordena el archivo del presente expediente. Se ordena hacer entrega a la mencionada abogada la respectiva Letra de Cambio original que se encuentra en la Caja fuerte del Tribunal. En cuanto al desglose solicitado, por auto separado se resolverá lo conducente.
LA JUEZ:
DRA. FRANCINA M. RODULFO A.
LA SECRETARIA:
ABG. SUSANA E. PARRA C.
En la misma fecha se agregó.
LA SRIA: