DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas en Materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y por ende la responsabilidad criminal y como consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguida JOSÉ GREGORIO RVAS SOSA, venezolano, natural de Mérida, nacido en fecha 17-11-1931, de 84 años de edad, estado casado, titular de la cédula de identidad N° V-8.001.381, de profesión u oficio operador de maquina pesada, residenciado en: el Sector el Pantano, Mijaral, punto de referencia, cerca del grupo Bolivariano , casa sin Número, del estado Bolivariano de Mérida Teléfono: 0275-2671247, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en los artículo.....