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DISPOSITIVO
Por las consideraciones precedentemente expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Improcedente la consulta obligatoria planteada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en lo referente a la sentencia que publicó en fecha 05 de marzo de 2015, por las consideraciones particulares del presente caso.
SEGUNDO: Se declara que es nula la sentencia interlocutoria publicada por el Tribunal Segundo de Juicio de Primera Instancia de esta Circunscripción Judicial en fecha trece (13) de enero de 2016 (agregada a los folios 624 al 627, pieza 3); en consecuencia todos los actos judiciales que se generaron a raíz de esa actuación, es decir, los subsiguientes a ese dictamen. Para ordenar el proceso y visto que está implicado el orden públ.....