DECISIÓN
Por todo lo expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara como Flagrante la aprehensión del ciudadano SERVIDEO PEREZ PEREZ ello por estar llenos los extremos de Ley para hacer tal calificación tales como los establecidos en le artículo 44.1 Constitucional, 93 de la Ley Especial y 248 del COPP. SEGUNDO: Se comparte la precalificación fiscal de ACOSO U HOSTIGAMIENTO y AMENAZA, previstos y sancionados en los artículos 40 y 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia; así mismo el delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA BLANCA previsto en el artículo 277 del Código Penal en armonía con el artículo 25 de la Ley de Armas y Explosivos. TERCERO: Se acuerda la aplicación del Procedimiento Especial contenido en el artículo 94 de le.....