Por lo anteriormente expuesto este TRIBUNAL DE CONTROL N° 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD que le confiere la Ley: 1°) DECLARA CON LUGAR la aprehensión en flagrancia del imputado: LEONARDO ALFONSO ROSAS MORA, venezolano, de 40 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V- 10.242.374, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, nacido en fecha 22-09-1969, grado de instrucción: sexto grado de primaria, ocupación: herrero, hijo de Carmen Rosa Rosales Mora (F) y Alfonso Rosas (F), residenciado en El Barrio El Carmen, Calle 01, avenida 10, casa 0-16, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, por cumplirse los requisitos establecidos en el artículo 93 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a un Vida Libre de Violencia, por la presunta comisión de los delitos de AMENAZAS Y VIOLENCIA FISICA, previstos y sancionados en los artículos 41 .....