"...este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTO MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, de conformidad con los articulo 936 y 937, ejusden, DECLARA: UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, del causante PIETRO DE BORTOLI DORICHELL, a su legítimo hijo ciudadano GIAN PIER DE BORTOLI AYMARD, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 11.953.360, domiciliado en la Ciudad de Mérida, Estado Mérida y civilmente hábil, por ser hijo del causante conforme a la ley..."