Se declarÓ SIN LUGAR la apelación interpuesta el 13 de noviembre de 2013, por el abogado, JOSÉ ALFONSO MÁRQUEZ PEREIRA, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano MELQUIADES DE JESÚS MOLINA, contra la sentencia dictada en fecha 13 del citado mes y año, proferida por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Mérida. Se declaró CON LUGAR la pretensión autónoma de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano PEDRO JOSÉ PUENTE, contra la sentencia proferida por el Juzgado de los Municipios Alberto Adriani, andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, de fecha 9 de octubre de 2013. En virtud del pronunciamiento anterior, se CONFIRMA aunque por motivos distintos, la sentencia de fecha 13 de noviembre de 2013, proferida por el mencionado Juzgado de Primera Instancia. Se declaró LA NULIDAD de la sentencia de fecha 9 de octubre de 2013, proferid.....