L A D I S P O S I T I V A
Por fuerza de todos los razonamientos de hechos y de Derecho que han sido en forma pormenorizada y reseñados en la parte motiva del presente dictamen; ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, en consecuencia, ténganse como Únicos y Universales Herederos del causante: NOEL PABÓN OSORIO, quien era venezolano, mayor de edad, casado, Licenciado en comunicación social, titular de la cédula de identidad Nº V.- 4.113.956, quien falleció ab-intestato el día 09 de Noviembre de 2017, según consta en Acta de Defunción Nº 25, expedida por la Dirección de Registro Civil del Municipio Baruta, Estado Bolivariano de Miranda, a los ciud.....