DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida a MARITZA ARELLANO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.393.328, por el delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en artículo 418 del Código Penal en perjuicio de EDELMIRA MARGARITA VENEGAS CARRERO, venezolana, mayor de edad, con Cédula de Identidad N° 11.913.044, de conformidad con el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 48 Ordinal 8vo Ejusdem y Artículo 108 Ordinal 6° del Código Penal. Notifíquese a las Partes.