DECISIÓN
En base a los argumentos antes expuestos, este tribunal EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY,  decide en los siguientes términos: 
UNICO: Se decreta con lugar la solicitud interpuesta por el Ministerio Público y en tal sentido se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO  DEFINITIVO a favor del adolescente (SE OMITEN ESTOS DATOS EN RAZON DE LA CONFIDENCIALIDAD EN MATERIA DE NIÑOS Y ADOLESCENTES DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 65 Y 545 DE LA  L.O.P.N.A.), de conformidad con el artículo 561 literal d de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el artículo 318  del Código Orgánico Procesal Penal. ASÍ SE DECIDE. 
EL JUEZ EN FUNCIONES DE CONTROL No. 02
ABG. DANIEL JOSE PRIETO PIÑA