En consideración de los elementos de Autos y por cuanto no ha habido oposición de terceros, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA las presentes actuaciones ¿TITULO SUFICIENTE Y BASTANTE PARA PERPETUA MEMORIA¿, y declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante NANCY DEL CARMEN MORA DE ORTEGA, a su legítimo cónyuge ciudadano JOSE OSCAR ORTEGA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. 3.295.310, y a sus legítimos hijos ciudadanos OSCAR ISNARDY, EDDER JOSE, JESUS TRINIDAD y SORELYS DEL CARMEN ORTEGA MORA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad números 11.911.067, 12.654.976, 16.679.040 y 13.677.944, la última mencionada representada por s.....