Este Juzgado Ejecutor de Medidas de Los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 599, Ordinal 7 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA Secuestrada Preventivamente una casa ubicada en la urbanización Don Luis, Manzana 14,Calle 5, Percela 19, Jurisdicción, del Municipio Campo Elías del Estado Merida.