En mérito de los razonamientos que anteceden, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, SEDE MÉRIDA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariano de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR FUERA DEL PAÍS, requerida por la ciudadana YUBISLAY JOSEFINA RIVAS NEWMAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-21.181.702, Pasaporte N° 167346218, domiciliada en el sector Santa Eduviges, calle Los Azules, casa N° 03, parroquia Jacinto Plaza, municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, teléfono móvil: 0416-308.20.00, correo electrónico: yubisly9876@gmail.com, y civilmente hábil; a favor de sus hijos, los niños (se omite la identidad de conformidad con el art. 65 de la Ley Orgánica para la Protecc.....