En consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda de DIVORCIO intentada por la ciudadana TORRES DE GONZALEZ ANA MERY, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-9.204.608, domiciliada en la ciudad de Mérida, Estado Mérida y hábil, contra su cónyuge ciudadano GONZALEZ JOSE GRACILIANO, Venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V-3.960.827, domiciliado en la ciudad de Mérida, Estado Mérida y hábil, de conformidad con los ordinales 2° del artículo 185 del Código Civil, relativa al abandono voluntario en que incurrió el cónyuge demandado en contra de su cónyuge, por cuanto dicha causal quedó demostrada en autos, declarándose SIN LUGAR la causal 3° del mencionado artículo, por cuanto no fue probada en el .....