Decisión: Con fuerza en la motivación precedente, este Tribunal de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, decreta la medida de privación judicial preventiva de libertad, conforme al artículo 250, numerales 1°, 2° y 3°, del Código Orgánico Procesal Penal, en relación al artículo 251, numerales 2° y 3° ejusdem, en contra del ciudadano Wuilden Jhon Espinoza Ibarra, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 22.659.056, presunto autor del delito de Homicidio Intencional Calificado, previsto en el artículo 406.1 del Código Penal, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de Yesenia Coromoto Valero Quintero.
Ofíciese a los cuerpos de seguridad del Estado a los fines de que sea aprehendido el ciudadano Wuilden Jhon Espinoza Ibarra y sea puesto a la orden de este Tribunal, para proceder conforme lo dispuesto en el artículo 250 del Código .....